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En el Consejo de Educación

Veintidós provincias aprobaron al protocolo sobre la suspensión de clases presenciales

Reunión de Consejo Federal de Educación

elDiarioAR

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A horas del fallo de la Corte Suprema sobre las restricciones nacionales, que el gobierno nacional consideró “abstracto” y en CABA tomaron como un aval a su posición, el Consejo Federal de Educación que reúne a las autoridades nacionales y de las 24 jurisdicciones acortó ayer con “amplia mayoría” validar el protocolo que dispone, en línea con el DNU presidencial, en qué condiciones se debe disponer la suspensión de la presencialidad escolar.

Es, más alá de lo formal, un dato político relevante porque a excepción de CABA y Mendoza, los representantes de las 22 provincias restantes, al igual que Nación, acompañaron la resolución que fijó como parámetro para definir en qué momento de debe suspender la presencialidad, el DNU 287 que entró en vigencia el primer día de mayo con fecha de caducidad el 21 de este mes.

La novedad es que CABA y Mendoza, las dos provincias que desobedecieron el DNU nacional, quedaron con postura solitaria mientras que otras provincias gobernadas por Juntos por el Cambio (JxC) como Jujuy y Corrientes adhirieron al protocolo educativo. Lo mismo ocurrió con otras administración que no forman parte del Frente de Todos (FdT), como es el caso de Córdoba, Río Negro y Salta.

“La Ciudad de Buenos Aires y Mendoza se opusieron, pero el resto de las provincias aprobaron la resolución que incluye las categorías epidemiológicas que están incluidas en el DNU, donde se despliega la posibilidad de la presencialidad administrada”, explicó este martes NIcolás Trotta, ministro de Educación nacional.

En la práctica, según los términos del Consejo Federal de Educación, cuando una resolución se aprueba con mayoría especial, “es de cumplimiento obligatorio en todo el territorio nacional, incluso en las jurisdicciones que pueden no haber acomoañado” la aprobación, según indicó a elDiarioAR una fuente involucrada en el trámite.

En Casa Rosada se hace referencia a esa resolución en el mismo marco: como la posición oficial es que el fallo de la Corte fue sobre el DNU que caducó el viernes pasado y no afecta el vigente que tiene otros términos y otra argumentación, CABA debe ajustarse a derecho con el DNU y debe, a su vez, cumplir con la resolución tomada con amplísima mayoría por el Consejo de Educación.

Este martes, Trotta encabezó una asamblea del Consejo Federal de Educación con la participación de las ministras y los ministros de las 24 jurisdicciones del país y representantes gremiales, en la que se dispuso “una serie de medidas que busca normativizar la intensidad de la presencialidad con el fin de acompañar la baja en la circulación y descomprimir el sistema de salud ante un recrudecimiento de la pandemia”, según se informó oficialmente. 

“El sistema educativo resolvió adoptar las normas federales que rigen a partir del DNU”, afirmó Trotta luego del encuentro. “Afirmamos con convicción que la prioridad es la agenda educativa que en este ámbito de aplicación de políticas públicas no puede ser reducida a la presencialidad en lugares donde ponemos en riesgo la vida. La agenda educativa se vincula a los consensos y a la inversión que debe acompañar nuestros discursos. Tenemos que transitar unidos este tiempo y el desafío que implica debe ser avalado por los gobiernos jurisdiccionales”, dijo el ministro.

Respecto a las medidas, tomó como parámetro el DNU nacional. En caso de Riesgo Epidemiológico y Sanitario Bajo y Medio, se mantienen los regímenes de presencialidad y alternancia vigentes.

En las zonas calificadas como de Riesgo Epidemiológico y Sanitario Alto, “las autoridades jurisdiccionales podrán administrar medidas de restricción parcial de la asistencia presencial para contribuir en la reducción de la circulación de personas” pero “estas restricciones tendrán carácter transitorio, con tiempos de realización claramente establecidos”.

En las zonas con Alarma Epidemiológica y Sanitaria (en el caso de los aglomerados urbanos, departamentos o partidos de más de 300 mil habitantes) corresponde la suspensión de la asistencia a clases presenciales en todos los niveles educativos pero “las escuelas permanecerán abiertas con las dotaciones necesarias, sugiriendo desarrollar las siguientes actividades: distribución de materiales educativos”, entre otras disposiciones. A su vez, la resolución exceptúa “de la suspensión de las clases presenciales, la escolaridad de estudiantes de la modalidad de educación especial, en acuerdo con sus familias”.

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