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Plataformas off shore

Piden a la Justicia frenar todos los proyectos en el Mar Argentino hasta que se realice un nuevo estudio ambiental

Proyecto Fénix es una nueva iniciativa de la industria hidrocarburífera en la Cuenca Austral, a la altura de las costas de Tierra del Fuego.

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La Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN) presentó este martes una medida cautelar climática ante la Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal para que ordene a la Secretaría de Cambio Climático de la Nación que suspenda las autorizaciones de exploración sísmica y la explotación de gas costa afuera (off shore) en todo el Mar Argentino hasta tanto se evalúen sus impactos acumulativos y climáticos y se publiqué una Evaluación Ambiental Estratégica (EAE), informó la organización ambientalista en un comunicado.

“La presentación se realizó ante la necesidad de detener la avanzada petrolera en el Mar Argentino. Hoy en día se están realizando exploraciones y explotaciones offshore con estudios ambientales incompletos y sin contemplar tanto los daños irreversibles y permanentes que se ocasionarán al ecosistema marino como los compromisos climáticos asumidos por el país”, afirmó FARN.

Además, si la Justicia hiciera lugar a la presentación, la medida cautelar implicaría la detención inmediata de los proyectos de exploración y explotación ya autorizados, como el proyecto “Fénix en Cuenca Marina Austral (CMA-1)”, y el “Argerich-1 Cuenca Argentina Norte (Bloque CAN_100)”.

La Evaluación Ambiental Estratégica (EAE), que exige FARN, “es un estudio que permite analizar los impactos ambientales de programas y proyectos en diálogo con los objetivos estratégicos y compromisos climáticos internacionales asumidos por el país”, explicó la organización. “Esta evaluación contempla, entre otros puntos, la reducción de gases de efecto invernadero, la conservación de la biodiversidad y la diversificación de la matriz energética”, agregó.

También es “una herramienta útil para analizar alternativas a los proyectos energéticos y el impacto acústico acumulado en la etapa de exploración y el impacto climático acumulado en la etapa de operación y explotación no sólo entre los diferentes proyectos sísmicos marítimos sino también en obras anexas tal como sucede en el Proyecto Fénix”. 

“Las declaraciones y autorizaciones ambientales favorables a estos proyectos de exploración y explotación por parte de la Secretaría de Cambio Climático de la Nación vulneran el principio de no regresión establecido en el Acuerdo de Escazú y violan las leyes 23.094 -que declaró monumento natural nacional a la ballena franca austral- y 22.351 -que estableció la protección absoluta e inviolabilidad de los monumentos naturales”, aseguró FARN. 

“Es indispensable que, hasta tanto sean presentadas la evaluación ambiental estratégica y las evaluaciones de impactos acumulativos y climáticos, estos proyectos deben suspenderse y detenerse de forma inmediata”, solicitó la organización ante la Justicia.

Las áreas de influencia directa e indirecta de los proyectos enumerados en la cautelar climática “se superponen con áreas marinas protegidas actuales y proyectadas a futuro alcanzando también áreas prioritarias para la biodiversidad marina, alterando rutas migratorias de pingüinos, impactando en aves en peligro de extinción como el albatros cabeza gris y afectando a especies en peligro crítico de extinción como la ballena franca austral”. 

Ballena franca austral

En 1984, este mamífero marino fue declarado monumento natural nacional por la Ley 23.094. La Ley de Parques Nacionales define a los monumentos naturales como “las áreas, cosas, especies vivas de animales o plantas, de interés estético, valor histórico o científico, a los cuales se les acuerda protección absoluta. Serán inviolables, no pudiendo realizarse en ellos o respecto a ellos actividad alguna”. “Sin embargo, esta protección absoluta e inviolabilidad que reconoce la categoría de ‘monumento natural’ se ve a todas luces cercenada por las declaraciones de impacto ambiental favorables emitidas por la Secretaría de Cambio Climático respecto de la exploración sísmica costa afuera en las áreas CAN 100 y 102, entre otras y la explotación de la Plataforma correspondiente al Proyecto Fénix (CMA-1)”, aseguró FARN. 

Además del Proyecto Fénix, el 4 de julio último, además, la Secretaría de Cambio Climático también autorizó la perforación de un pozo exploratorio, el “Argerich-1” en la Cuenca Argentina Norte (Bloque CAN_100)“, a la altura de la costa atlántica de la provincia de Buenos Aires. La perforación exploratoria se realizará entre el 15 de diciembre del año 2023 y el 15 de junio del año 2024.

Proyecto Fénix

El 7 de junio último, la Secretaría de Cambio Climático aprobó la realización del Proyecto Fénix, en la Cuenca Marina Austral (CMA-1), en las aguas atlánticas más al sur del país. Implica la “construcción de una plataforma costa afuera para la explotación de gas en la cuenca marina austral. Los estudios ambientales han subestimado las emisiones por fugas de metano del Proyecto Fénix”, denunció FARN. 

“Es evidente que, de avanzar la exploración sísmica costa afuera y la explotación en la Plataforma del Proyecto Fénix se ocasionarán daños irreversibles y permanentes al ecosistema marino”, afirmó FARN. “Por ello, resulta indispensable que hasta tanto sean presentadas la EAE y las evaluaciones de impactos acumulativos y climáticos que den cuenta de la sustentabilidad ambiental de los proyectos, éstos deben suspenderse y detenerse inmediatamente”, solicitó la organización ambientalista.

ED/DTC

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