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La AFIP podrá embargar billeteras virtuales para cobrar deudas de contribuyentes

El organismo que conduce Marcó del Pont justificó la decisión en la ampliación del uso de billeteras virtuales

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A partir de la extensión de su uso, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) sumó a las billeteras virtuales a la lista de activos sobre los que puede trabar embargo para cobrar deudas acumuladas. El organismo recaudador ya detectó un universo de 9.800 contribuyentes morosos a los que procederá a cobrarles por esta vía y, en una primera instancia, apunta recaudar $24.000 millones en impuestos no pagos. 

“La decisión amplía la capacidad del organismo para garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias”, informaron en el organismo que conduce Mercedes Marcó del Pont, que ya definió el procedimiento que deberán seguir sus funcionarios al momento de solicitar a la Justicia un embargo sobre ese tipo de activos. 

Hasta ahora los embargos sobre contribuyentes morosos que la AFIP requiere a la Justicia se concretaban sobre cuentas bancarias, bienes muebles, inmuebles y créditos, entre otros. De acuerdo con la comunicación oficial, el desarrollo de los medios electrónicos de pago y su extendido uso explica la decisión del organismo de incluir cuentas digitales -Mercado Pago, Ualá, Modo, entre otras- en el listado de activos pasibles de ser embargados para cobrar deudas. 

Para determinar sobre qué cuentas solicitar la traba de embargos la AFIP se abastece del régimen informativo que, como sucede con las entidades financieras, obliga a las empresas del sector a reportar información referida a las cuentas de sus clientes.

La normativa de la AFIP no establece un orden de prelación sobre qué activos se debe avanzar primero a la hora de solicitar la traba de un embargo para cobrar deudas. No obstante, la práctica muestra que las medidas comienzan con los activos más líquidos, como las cuentas bancarias. Cuando el saldo disponible es insuficiente o los contribuyentes no poseen ese tipo de colocaciones se procede a solicitar embargos sobre otros activos. 

Con esa lógica, la AFIP ya identificó un universo de 9.800 contribuyentes morosos para los que solicitará a la justicia que trabe embargos sobre sus billeteras virtuales. El organismo pretende asegurar así el cobro de unos $24.000 millones en impuestos adeudados por estos contribuyentes. 

Las ejecuciones de las deudas fiscales con la AFIP, el paso posterior a la traba de embargos, estuvieron suspendidas durante 19 meses como parte de las herramientas implementadas para amortiguar los efectos económicos de la pandemia del Covid-19. A lo largo de ese período, el organismo puso a disposición de los contribuyentes distintas herramientas que permitieron avanzar en la regularización de pasivos acumulados.

Ya en una fase de recuperación económica, y con el objetivo de fortalecer la recaudación, la AFIP retomó en febrero las ejecuciones fiscales de contribuyentes morosos, que se iniciaron con los contribuyentes más riesgosos y con mayores montos de deuda. 

Las herramientas de las que disponen los contribuyentes morosos para regularizar su situación son, por un lado, la moratoria para las obligaciones tributarias, aduaneras y de la seguridad social vencidas al 31 de agosto de 2021, así como las infracciones relacionadas a dichas deudas. La moratoria ofrece la posibilidad de cancelar las deudas en hasta 120 cuotas y la adhesión está habilitada hasta el 15 de marzo de 2022.

Por otro lado, el Plan de Facilidades de Pago Permanente, que permite regularizar las obligaciones tributarias, aduaneras y de la seguridad social vencidas con posterioridad al 31 de agosto de 2021. El plan contempla un máximo de 8 cuotas y la posibilidad de que cada contribuyente elabore 6 planes.

DT

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