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Causa Olivos: la estrategia del Presidente genera dudas y críticas y la oposición propone amnistía para miles que incumplieron el ASPO

Alberto Fernández se presentó ante el juzgado por derecho propio pero también pagó un bono al Colegio Público de Abogados para ejercer como letrado en la causa.

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La estrategia de defensa del presidente Alberto Fernández en el Olivos-Gate ya tiene varios efectos directos sobre las próximas decisiones que deberán tomar el fiscal y el juez del caso, la extensión del expediente y sobre el clima de malestar interno y externo que desencadenó el caso en plena campaña electoral, según surge de las consultas de elDiarioAR a fuentes judiciales, juristas, aliados y opositores. 

Mientras sus decisiones en torno a la causa -desde el asesoramiento del abogado Gregorio Dalbón hasta su rol como abogado propio y el pedido de ser sobreseído por inexistencia de delito- son cuestionadas como una sucesión de “torpezas” y “errores” por algunos aliados, la oposición buscará una amnistía general para miles de personas que tienen causas penales o condenas por el incumplimiento de las restricciones de circulación durante la crisis sanitaria (exceptuando a funcionarios públicos y fiestas clandestinas, entre otros).

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Entre marzo de 2020 y marzo de 2021, existían al menos 50.000 causas judiciales en el fuero federal a lo largo y ancho del país por el incumplimiento a las normas impuestas por el Ejecutivo para evitar la propagación del Covid-19, según los datos de la Procuración General de la Nación. 

Desde el jueves, Fernández está formalmente imputado en la causa en la que se investiga si cometió delitos al incumplir las normas impuestas por su propio decreto durante la celebración del cumpleaños de su pareja, la Primera Dama, Fabiola Yáñez, durante la prohibición de las reuniones sociales en julio de 2020, según el escrito que firmó el fiscal federal Ramiro González y al que accedió elDiarioAR.

Hecho I

Esta semana, la causa tendrá al menos dos hechos concretos. En primer lugar, el juez federal Sebastián Casanello abrirá un incidente para tratar el primer pedido del Presidente: ser sobreseído por inexistencia de delito, confirmaron dos fuentes judiciales. Luego deberá notificar al fiscal Ramiro González para que opine sobre si Fernández debe o no ser sobreseído con este argumento. 

A partir del momento en que informe de la situación al fiscal, éste tendrá tres días hábiles de plazo máximo para dictaminar. Tras el dictamen de González, la decisión quedará en manos del juez, confirmaron dos fuentes con acceso directo al caso.

Recién una vez resuelto este capítulo, la Justicia podrá iniciar una conciliación con Fernández y una negociación para establecer qué reparación económica deberá realizar para quedar sobreseído.

Hecho II

El segundo hecho concreto es que este martes por la mañana vencen los plazos del fiscal González y de las partes para plantear su posición sobre otro punto del expediente. El abogado Mauricio D’Alessandro, defensor de una de las participantes de la cena de cumpleaños imputada en la causa, planteó la inconstitucionalidad del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) firmado por el Presidente que estableció las restricciones a la circulación y reunión durante la pandemia.

El propio Fernández estaría en condiciones de responder el planteo del abogado D’Alessandro, pero nadie espera que lo haga. Este tramo de la causa también extiende la vida del expediente. Si el juez rechaza que el DNU sea inconstitucional, la defensa puede apelar y abrir nuevas instancias de revisión. En otra causa en la que interviene el defensor, otro fiscal federal, Santiago Marquevich, dictaminó que el decreto es constitucional porque busca preservar la salud pública en medio de la realidad excepcional que marcó la pandemia en le mundo, entre otros argumentos, según extractos del dictamen.

“Creo que tarde o temprano alguien deberá resolver sobre la inconstitucionalidad del decreto”, dijo D’Alessandro a elDiarioAR. “La política sabe que el DNU es inconstitucional -por las restricciones de circulación y otras garantías de la Constitución- pero no lo quiere reconocer por dos motivos: no hicieron nada para evitarlo y, si lo declaran, en la próxima emergencia van a tener que pasar si o si por el Congreso”, opinó el abogado.

El Presidente decidió presentarse ante la Justicia por derecho propio y donará al Instituto Malbrán la mitad de su sueldo durante 4 meses.

Comunicado de Presidencia Jueves 26 de agosto.

El incumplimiento de las restricciones de circulación y reunión que regían el 14 de julio de 2020 configuran un delito menor, que se enmarca en la conjunción de dos normas: el artículo 205 del Código Penal -que tienen penas de entre seis meses y dos años de prisión para quien violase las medidas adoptadas por las autoridades para impedir la introducción o propagación de una epidemia- y el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) firmado por Fernández y que estableció las prohibiciones por la emergencia sanitaria. 

El penalista Andrés Gil Domínguez explicó a elDiarioAR: “Desde hace años se discute la inconstitucionalidad de este tipo de delitos en los que se criminalizan hechos que no generaron daños jurídicos”. El jurista, de habitual diálogo con el Presidente y quien integró el consejo consultivo para la reforma judicial de Fernández, no habla de la supuesta inconstitucionalidad del DNU sino de los delitos como el del artículo 205 del Código Penal. Ante la consulta de este medio, Gil Domínguez agregó: “El Presidente debe dejar que la Justicia trabaje y dedicarse a la campaña y a gobernar. No debe hablar de esta ni de ninguna otra causa en trámite, como marca la Constitución, no puede interceder en cuestiones judiciales”.

El Presidente debe dejar que la Justicia trabaje y dedicarse a la campaña y a gobernar. No debe hablar de esta ni de ninguna otra causa en trámite.

Andrés Gil Domínguez Penalista.

Los órdenes cambiados

El jueves último, alrededor de las 18, Presidencia hizo circular un comunicado oficial. “El Presidente decidió presentarse ante la Justicia por derecho propio y donará al Instituto Malbrán la mitad de su sueldo durante 4 meses”, era el título del breve texto. Sin embargo, Fernández planteó en su escrito ante la Justicia dos vías distintas para resolver su caso.

En primer término, el mandatario pidió ser sobreseído al entender que no había cometido ningún delito; en segundo término, y en caso de que el juez del caso rechazara su sobreseimiento de cuajo, ofreció una conciliación y reparación económica. 

Fernández argumentó que no cometió delito alguno porque no causó daño, ya que no estaría probado que la celebración desencadenó contagios de Covid-19.

Por esta razón es que la Justicia debe resolver en primer término su pedido de sobreseimiento y postergar el inicio de una conciliación. La segunda opción planteada por Fernández es una salida ampliamente utilizada en los tribunales para resolver este tipo de casos: el imputado negociará con el fiscal un acuerdo para evitar la pena, se pacta una sanción o multa -el Presidente ofreció realizar una donación al Instituto Malbrán- y el juez debe homologarlo, si está de acuerdo con lo acordado. 

Fernández propuso en su escrito donar al Malbrán una suma que equivaldría a $630.518 (dos salarios completos, según los datos proporcionados por el Ejecutivo). El fiscal puede considerarlo insuficiente y requerir al imputado un esfuerzo económico mayor con la sociedad, explicó una fuente directa del caso. 

Abogado en trámite

La causa de Olivos se transformó en una concatenación de cuestionamientos al Presidente. Su estrategia de defensa es uno de los puntos atacados. Fernández decidió presentarse ante el juzgado federal de Sebastián Casanello por derecho propio y sin abogado defensor. El constitucionalista Daniel Sabsay advirtió que al ocupar la Presidencia, Fernández tiene prohibido por artículo 3 de la Ley 23.187 ejercer la abogacía. Además, el mandatario no contaba hasta ayer por la tarde con matrícula habilitada como abogado, según surge de la consulta a los registros públicos del Colegio profesional. 

Aún así, el viernes, a las 19:26, Fernández pagó vía electrónica un bono profesional de $500 al Colegio Público de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires y lo presentó en el expediente judicial, según pudo corroborar este medio. Este bono es una especie de impuesto que los abogados deben abonar por cada causa en la que intervienen, lo que confirma que Fernández decidió intervenir como su propio abogado defensor.

En el Gobierno respondieron a este punto ante la consulta de elDiarioAR: “El Presidente tiene todo en orden y, además, puede presentarse como abogado si actúa en su propia causa y no de terceros”. De hecho, el artículo 4 de la Ley 23.187 permite esta excepción.

Amnistía y rebelión

Ante la consulta de elDiarioAR, una figura cercana al mandatario se mostró más preocupado por el efecto en la sociedad de los argumentos que Fernández ante la Justicia. No hablaba del impacto del caso en el electorado en plena campaña sino del temor a que ni el Presidente ni el Gobierno retenga la autoridad necesaria para ordenar nuevas restricciones a la población en medio del avance de la variante Delta.

En Diputados, las comisiones de Asuntos Constitucionales y Legislación Penal tienen un proyecto de amnistía general para las miles de personas imputadas, procesadas y condenadas por causas vinculadas al quebrantamiento de las normas del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO) y del Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO) que dispuso el Presidente.

El proyecto fue presentado el 17 de agosto último por el diputado nacional Gustavo Menna (UCR, Chubut) y acompañado por el bloque radical. Plantea que se extinga la acción penal contra estas personas y la restitución de vehículos y bienes incautados durante los procedimientos policiales y judiciales. Por el momento, la campaña electoral tiene paralizado al Congreso y el proyecto no ha avanzado.

El Presidente tiene todo en orden y, además, puede presentarse como abogado su actúa en su propia causa y no de terceros.

Fuente oficial.

La amnistía tiene tres excepciones: no alcanzará a funcionarios públicos; no se aplicará a fiestas y reuniones clandestinas; y tampoco se podrá exculpar a aquellas personas que incumplieron una  medida de aislamiento o cuarentena por contagio, contacto estrecho, arribo de país o de una provincia. 

Menna afirmó a elDiarioAR que esta amnistía fue pensada para los casos de personas que se excedieron en el rango horario de circulación o que debían salir a trabajar a pesar de las restricciones. “El Gobierno pierde legitimidad para perseguir estos delitos cuando el propio Presidente incumplió la norma. Amenazás a los ciudadanos con iniciarles causas penales y ahora dice que si no contagiaste a otros no es delito”, aseguró Menna.

“Además, estas miles de causas son un gasto y esfuerzo para el Poder Judicial, que debería estar investigando causas de corrupción, lavado, trata de personas, narcotráfico. Esto tiene que tener una solución política. No creo que haya voluntad política para tratar el proyecto pero ojalá que sí”, dijo el diputado.

No es justo que miles de personas en esa condición estén expuestas a la persecución penal e incluso a la aplicación de una sanción.

Gustavo Menna Diputado nacional por Chubut (UCR).

En Comodoro Py admiten el “colapso de causas de la pandemia”. Algunos fiscales y jueces resolvieron este tipo de casos con conciliaciones, probations y reparaciones económicas, en especial con donaciones a hospitales públicos, de acuerdo con las consultas realizadas por este medio. 

En otros juzgados y fiscalías se optó por el stand by: los expedientes en donde no hubo una fiesta clandestina, incumplimiento de cuarentenas por viajes al exterior o de personas con síntomas o PCR positivo, los magistrados optaron por dejar los expedientes sin avanzar sobre los imputados ni citarlos, a la espera de una resolución externa a la Justicia, confiaron varios de ellos ante la consulta. En otros casos donde los acusados pudieron justificar el incumplimiento, fueron sobreseídos.

El proyecto de amnistía de la oposición se presentó luego de la filtración de las primeras fotos del cumpleaños de Yáñez. “La revelación de la fiesta en la residencia presidencial de Olivos da lugar a que resulte una incongruencia que subsistan causas penales contra personas que cometieron la ‘falta’ de circular por la vía pública para ir a su trabajo, a visitar a un familiar enfermo o simplemente a tomar aire y ejercitarse”, afirmó Menna en el texto del proyecto. 

Creo que tarde o temprano alguien deberá resolver sobre la inconstitucionalidad del decreto.

Mauricio D'Alessandro Abogado de una de las imputadas.

“No es justo que miles de personas en esa condición estén expuestas a la persecución penal e incluso a la aplicación de una sanción luego de que quedará admitido que el funcionario público que aprobó esas reglas de conducta por decreto, fue el primero en incumplirlas”, agregó el diputado opositor en el proyecto. 

Al ser funcionario público y al haber participado de una reunión que podría ser considerada contraria a la ley, Fernández no sería beneficiado por la amnistía. Tampoco todos aquellos miembros de la oposición que participaron del cumpleaños de Elisa Carrió, en diciembre de 2020.

Mario Negri, jefe del interbloque de Juntos por el Cambio en Diputados y uno de los firmantes del proyecto de amnistía, estuvo presente en la celebración del natalicio de la líder opositora y también es uno de los denunciados ante la Justicia por dicho encuentro durante las restricciones en Exaltación de la Cruz. 

Negri dijo a LN+ que el festejo de Carrió fue al aire libre, con hisopados previos y con la autorización del Municipio -lo cual debe ser investigado en la Justicia-.

ED

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