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El Gobierno levantó la cuarentena obligatoria para los argentinos que regresen de viajes laborales o comerciales

Argentinos que vuelven del exterior por trabajo no necesitan hacer cuarentena

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Según la Decisión Administrativa 846/2021, publicada este viernes en el Boletín Oficial y que lleva las firmas del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y de la ministra de Salud, Carla Vizzotti, los argentinos y residentes que hayan viajado al exterior por trabajo o comercio quedarán exceptuados de realizar la cuarentena de 14 días cuando vuelvan al país. La jurisdicción del domicilio del ingresante está a cargo de garantizar el cumplimiento de las siguientes medidas:

Requisitos

  • Los viajeros deberán presentar una declaración jurada donde se especifique el motivo laboral y/o comercial del viaje, así como los datos del empleador, contraparte comercial o referente de la actividad en cuestión. Se deberá adjuntar la documentación respaldatoria pertinente. 
  • Los residentes deberán contar el esquema de vacunación completo, por lo menos 21 días antes del ingreso al país. Tienen que completar una declaración jurada exigida por la Dirección Nacional de Migraciones. Quienes se hayan vacunado en el exterior, necesitarán acreditarlo.
  • Se debe contar con un PCR negativo realizado dentro de las 72 horas previas al viaje de regreso.
  • Al llegar al país, los residentes tienen que realizar un test de antígenos. Además, deberán hacer dos pruebas de PCR, una al quinto día y otra al décimo día desde la vuelta.
  • El costo de las pruebas quedará a cargo del viajero.

El beneficio alcanza tanto a los argentinos y extranjeros residentes en el país como a los extranjeros no residentes que fueron autorizados a ingresar al país por la Dirección Nacional de Migraciones “para desarrollar una actividad laboral o comercial esencial para la que fueron convocados”.

Hasta el momento, las personas que regresaban al país debían someterse a las condiciones fijadas en el DNU 260/20 que obligaba a los viajeros a mantener un aislamiento obligatorio de 14 días. Incluso se exigía información sobre su itinerario, declarar su domicilio en el país y someterse a un examen médico lo menos invasivo posible para “determinar el potencial riesgo de contagio y las acciones preventivas a adoptar que deberán ser cumplidas, sin excepción”.

La normativa habilitaba a las autoridades en general a radicar una denuncia penal en caso de verificarse el incumplimiento del aislamiento.

MGF

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