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A partir del 1 de septiembre los trabajadores estatales volverán a la presencialidad

Cómo será el retorno total de los empleados públicos a la presencialidad.

elDiarioAR

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El Gobierno anunció mediante la Resolución 91/2021 en el Boletín Oficial la “Presencialidad programada”, como fue denominado el retorno de los trabajadores a la gestión pública presencial a partir del mes de Septiembre. 

Se entiende por Presencialidad Programada un formato que no es ni la previa a la pandemia ni el trabajo completamente remoto, sino una combinación de ambas.

Por ahora, se contempla que el home office no podrá superar el 50% de la jornada laboral dispuesta por contrato o hasta 20 horas semanales. En este caso, la resolución contempla a “los padres, madres y tutores con niños de hasta 13 años que asisten alternadamente a sus establecimientos educativos”.

La nueva modalidad debe ser anunciada en cada organismo con al menos 72 horas de anticipación, para que puedan preparar la documentación y vacunarse si no lo pudieron hacer.

Se podrá llamar a quienes hayan recibido al menos una dosis de la vacuna contra el Covid-19, cualquiera haya sido la marca aplicada, hace al menos 14 días (tiempo en que se vuelve efectiva la inoculación). 

Esta medida aplicará a cualquier persona, independiente de su edad y condición de riesgo, excepto en el caso de los empleados con inmunodeficiencias (enfermedades autoinmunes como VIH, pacientes oncológicos, pacientes con trasplantes) y las personas embarazadas.

Cuando llamen al retorno, los recursos humanos de cada organismo deberán exigir el certificado de vacunación, que se puede obtener desde la aplicación Mi Argentina.

Quienes no posean certificado por no haber recibido turnos de vacunación, obtendrán, mediante el Poder Ejecutivo, una derivación inmediata al vacunatorio del Centro Cultural Kirchner. 

Aquellos que no quieran inmunizarse mediante la aplicación de la vacuna, deberán ir al Departamento de Sanidad (o el correspondiente a su organismo), donde obtendrán información sobre las vacunas. En caso de no cambiar de opinión, firmar un consentimiento explicando sus motivos, cumplir los protocolos en el lugar de trabajo y tomar los recaudos necesarios en caso de “los perjuicios que su decisión pudiere ocasionar al normal desempeño del equipo de trabajo al cual pertenece”.

Se organizarán burbujas según la dependencia o edificio y deberán mantenerse los cuidados habituales, como la ventilación cruzada, la ubicación de una persona cada 2 metros cuadrados, la no aglomeración en lugares comunes y la sanitización de espacios.

Los protocolos específicos serán determinados por cada organismo, más allá de las pautas generales definidas, para adecuarse a las especificidades de cada espacio de trabajo. 

Esta decisión se debe al enorme avance en los protocolos de vacunación, que afectaron radicalmente la cantidad de decesos e internaciones. 

Resolución 91/2021 by Ana Breccia on Scribd

MGF

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