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Durante un entrenamiento

Procesan a seis integrantes de la Armada por violencia institucional y de género contra una marinera

La jueza Sandra Arroyo Salgado.

elDiarioAR

6 de mayo de 2025 17:51 h

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La titular del Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal N°1 de San Isidro, Sandra Arroyo Salgado, procesó a seis integrantes de la Armada Argentina por el ataque físico y las lesiones que sufrió una Marinera Segundo de Tropa Voluntaria, por parte de sus superiores y en el marco de un adiestramiento “Antidisturbios dentro de Jurisdicción Naval” ocurrido el pasado 4 de abril en la Jefatura Militar de Vicente López, y por el que la joven de 21 años tuvo que cursar, por dos semanas, una internación en terapia intensiva en coma inducido.

En línea con lo planteado en un dictamen por el Ministerio Público Fiscal, representado en este caso por el fiscal federal Federico José Iuspa, a cargo de la Fiscalía Federal N°1 de San Isidro, y por la titular de la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM), Mariela Labozzetta, la jueza advirtió en el caso elementos de violencia de género.

Por ello, uno de los imputados, que además era expareja de la víctima, fue procesado con prisión preventiva por los delitos de lesiones graves triplemente agravadas por haber sido cometidas contra quien mantuvo una relación de pareja, mediando alevosía y violencia de género en concurso ideal con abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario.

En su caso, se verificó que había sido el responsable de los golpes más fuertes hacia la marinera –entre ellos, una patada voladora hacia el cuerpo de la víctima– a lo que subyacía el componente adicional de la relación previa que había mantenido con la víctima.

Los cinco miembros de la Armada restantes implicados por participar del operativo fueron procesados -sin prisión preventiva- por el delito de abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público y, en uno de los casos, se sumó la calificación por el delito de lesiones culposas respecto de quien ejercía la supervisión directa.

Entre las medidas dispuestas, se ordenó a los procesados la prohibición de tener contacto con la víctima por sí ni por terceros y por cualquier medio físico, telefónico y/o virtual.

MM con información de fiscales.gob

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