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Primer revés judicial

La Justicia rechazó una cautelar de la CGT contra la reforma laboral y la ley seguirá vigente

Jorge Sola, triunviro de la CGT

elDiarioAR

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El juez federal Enrique Lavié Pico rechazó una medida cautelar presentada por la Confederación General del Trabajo (CGT) que buscaba frenar la aplicación de dos artículos de la Ley de Modernización Laboral 27.802 vinculados al traspaso de la justicia laboral nacional a la órbita de la Ciudad de Buenos Aires. La decisión representa un primer revés judicial para la estrategia sindical que intenta cuestionar la reforma impulsada por el gobierno de Javier Milei.

La resolución fue dictada por el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 7, que desestimó el pedido de la central obrera para suspender de manera inmediata los artículos 90 y 91 de la norma mientras se resuelve el fondo del litigio. Esos puntos establecen el convenio de transferencia de la función judicial en materia laboral desde la Justicia Nacional del Trabajo hacia el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires.

La CGT había presentado el 6 de marzo una acción de amparo contra el Estado nacional en la que solicitó la nulidad e invalidez constitucional de esos artículos. En paralelo, pidió una medida cautelar innovativa para que la norma no se aplicara hasta que existiera una sentencia definitiva.

El argumento de la CGT

En su presentación, la central sindical sostuvo que la implementación de la ley implicaría en los hechos la eliminación de la Justicia Nacional del Trabajo y el traspaso de sus competencias a la justicia porteña. Según argumentó, ese cambio podría generar consecuencias difíciles de revertir si más adelante la Justicia declarara inconstitucional la reforma.

El planteo también señaló que el traslado de competencias podría afectar a trabajadores y trabajadoras y provocar un impacto en el sistema judicial laboral. Además, la organización afirmó que el derecho invocado estaba respaldado por presuntas vulneraciones de garantías constitucionales.

Cuando la CGT presentó el recurso ante Tribunales, el cosecretario general Jorge Sola sostuvo que el objetivo era “ejercer el derecho a peticionar” y expresó confianza en que la Justicia garantice el cumplimiento de la Constitución.

Los fundamentos del juez

Al analizar el pedido, Lavié Pico sostuvo que las medidas cautelares innovativas tienen carácter excepcional, ya que implican modificar el estado de hecho o de derecho vigente antes de que exista una sentencia sobre el fondo del conflicto.

El magistrado explicó que, en este caso, el planteo de la CGT coincidía en gran medida con el objeto principal de la demanda, por lo que resolver la cautelar implicaría adelantar el resultado del litigio.

Además, señaló que no se verificaba un “peligro en la demora” que justificara suspender de inmediato la aplicación de la ley. También destacó que la vía elegida por la central obrera —la acción de amparo regulada por la Ley 16.986— permite obtener una definición relativamente rápida sobre el fondo de la cuestión.

Por esos motivos, concluyó que no se configuraba un daño irreparable que pudiera volver ilusoria una eventual sentencia favorable para el sindicato, y resolvió rechazar la medida cautelar.

Cómo sigue la causa

El fallo no implica una decisión definitiva sobre la constitucionalidad de la norma. La CGT puede apelar la resolución y el proceso judicial continuará hasta que se dicte una sentencia sobre el fondo del amparo.

En paralelo, el juzgado ordenó librar oficio al Estado nacional argentino para que en un plazo de cinco días presente el informe previsto en la ley de amparo y ofrezca la prueba que considere pertinente.

Mientras tanto, los artículos cuestionados de la reforma laboral seguirán vigentes, lo que abre una nueva etapa en la disputa entre el Gobierno y el movimiento sindical por uno de los ejes centrales del programa de reformas laborales impulsado por la administración libertaria.

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