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En medio de la pelea con Telecom, el Gobierno endurece el régimen de sanciones para las empresas de comunicación

Edificio central de Telecom Argentina en Puerto Madero

Delfina Torres Cabreros

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En medio de la pelea con la empresa Telecom, que se resiste a devolver a los clientes el aumento facturado por encima de lo permitido por el Gobierno, el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) dispuso hoy un nuevo régimen de sanciones para el sector de los servicios de tecnologías de la información y las comunicaciones. El organismo endureció las multas económicas e incluyó suspensiones, clausuras, caducidad de licencias e inhabilitación de la licenciataria y sus directivos en caso de que la empresa incumpla con obligaciones dispuestas oficialmente. 

A través de la Resolución 221/2021, publicada hoy en el Boletín Oficial, se estableció la modificación de la unidad con la que se contabilizan las multas. En vez de utilizar el pulso telefónico (invariable desde el año 1999 y equivalente a $0,0469), el nuevo régimen dispone que el Enacom tomará al valor de la Prestación Básica Universal (PBU) como medida de tasación y podría aplicar multas que irán desde 50 veces el equivalente a la Prestación Básica Universal para el Servicio Básico de Telefonía, actualmente en $380, hasta 200.000. Así, las multas serán de entre $19.000 y $76 millones.

La norma define que las empresas deberán primero pagar la multa para después poder acceder al recurso de alzada que les permite reclamar la revisión de la sanción, como medida para evitar acciones dilatorias por parte de los sancionados.

De acuerdo con el nuevo régimen, el Ente podrá aplicar multas por cada día que la empresa persista el incumplimiento de la obligación y que deberán ser abonadas dentro de los 20 días hábiles de su notificación, bajo apercibimiento de ejecución. Si la empresa sancionada acepta realizar un pago voluntario, la multa podrá ser reducida en un 50% del monto total.

Por otro lado, el Enacom podrá disponer de manera accesoria y por un plazo máximo de seis meses la suspensión de la comercialización de servicios. También la clausura de los establecimientos en los que se lleve a cabo la misma, y podrá a la caducidad de la licencia o del registro de servicios. Del mismo modo, la norma señala que podrá decidir la caducidad, la inhabilitación de la licenciataria y de los integrantes de sus órganos directivos por cinco años.

Además, tendrá la facultad de disponer el inmediato reintegro de las sumas facturadas, deducidas o percibidas, en favor de los clientes afectados por incumplimientos de la normativa vigente, debiendo aplicar los mismos intereses que los licenciatarios cobran a sus clientes o usuarios y usuarias en caso de mora en el pago de las facturas.

Así, el Gobierno se arma de herramientas más firmes para responder a la conducta de Telecom que, a diferencia de las otras grandes empresas del sector, se resiste a devolver el porcentaje de aumento que excede al habilitado por el Gobierno. Según confirmó a este medio Telecom, algunos clientes ya la recibieron las boletas de marzo, sin el reintegro ordenado por el Gobierno.

La empresa dispuso un aumento de 20% desde enero, cuando el autorizado oficialmente a partir de esa fecha fue del 5% para los grandes prestadores, más allá de que luego se otorgaron nuevos aumentos para febrero y marzo. 

Cabe recordar que desde la entrada en vigencia del decreto 690/20, que declaró a las telecomunicaciones “servicio público esencial en competencia”, el Enacom interviene en la fijación de las tarifas del sector, así como tiene habilitación para establecer beneficios sociales y requisitos de calidad y accesibilidad a las empresas. 

Para mantener el aumento del 20%, Telecom se ampara en la cautelar dictada por la Justicia Federal Córdoba a partir de un recurso interpuesto por TV Cable Color SRL, una prestadora de cable de la pequeña localidad de Villa del, que cuenta con unos 1.000 abonados. Para el Grupo Clarín, que vía su empresa hermana opera las marcas Telecom (telefonía fija), Personal (telefonía móvil), Fibertel (internet) y Cablevisión (TV paga), lo resuelto es de alcance general y aplica a todo el país. El Gobierno entiende que no y se avanza en esa discusión judicial. Por otra parte, el juez que dictó la cautelar, Ricardo Bustos Fierros, fue recusado por el Gobierno Nacional y se apartó de la causa, que pasó a sorteo.

Con información de Télam

DT

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