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Opinión

¿De verdad tenemos que hablar del Consejo de la Magistratura?

El Senado se alista para debatir una enésima reforma a la ley del Consejo de la Magistratura.

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Si todo sale como se prevé, mientras esta nota se publica el Senado se alista para debatir una enésima reforma a la ley del Consejo de la Magistratura. Como las anteriores (1997, 2006, 2013), la discusión política no escatima en acusaciones cruzadas: ustedes quieren capturar la Justicia, ustedes apoyan a la golpista corporación judicial. A diferencia de las reformas anteriores, esta vez hay un límite temporal: el diciembre, la Corte Suprema decidió que si el Congreso no reforma la ley antes del 15 de abril se volverá a la integración original de 1997 o se paralizará el organismo. El motivo del fallo es que la Corte consideró que la integración actual del Consejo, vigente desde 2006, es excesivamente política. 

Si usted es una persona razonable, probablemente no haya entendido nada, o no entienda por qué algo de todo esto debería importarle. Una rápida búsqueda de tendencias en Google sugiere que la cuestión del Consejo va en camino de aburrir a las pocas personas que todavía le prestábamos atención. Alguien podría pensar que es más pasto para la ola antipolítica: en medio de una pandemia, una guerra, inflación que ya se mide mensualmente y la pobreza que se vuelve noticia por haber descendido del 40%, la casta política se pone a discutir sobre rosca judicial. Haría mal. Se está discutiendo algo de extrema relevancia. El Consejo de la Magistratura es, tal vez, la institución de la república con mayor distancia entre su importancia real y su conocimiento público.

El Consejo fue creado por la reforma constitucional de 1994, arrancado por la oposición al menemismo para contrarrestar las manipulaciones sobre el Poder Judicial de su primer mandato (que incluyeron la ampliación de la Corte y de Comodoro Py, para nombrar jueces afines y famosamente poco aptos para sus cargos). Así, la nueva constitución instituyó un Consejo de la Magistratura que tendría como funciones realizar concursos públicos de oposición y antecedentes para los aspirantes a jueces (antes nombrados por dedo presidencial), ejercer la facultad disciplinaria sobre ellos (antes a cargo de la Corte) y, si su inconducta era mayor, formular una acusación para que un novel Jurado de Enjuiciamiento los destituya (en lugar del tradicional juicio político ante el Senado, que rara vez ocurría).

Era un mueble para armar, y para colmo sin manual de instrucciones: la reforma aclaró que el Consejo se integraría con “equilibrio” entre representantes de los órganos políticos electos, los abogados, los jueces y personas del ámbito académico, pero no indicó su composición exacta ni su modo de elección. Lo típico: todos podemos estar de acuerdo en que alguien tendría que hacer las cosas mejor, más difícil es acordar quién es ese alguien. Previsiblemente, ocurrió lo que ocurre en estas circunstancias. En cada oportunidad que un presidente conseguía una mayoría, se aprestó a reformar el Consejo. Lo hicieron Menem, Kirchner y Fernández de Kirchner, lo intentó Macri y ahora lo intenta Fernández (que había anunciado su reforma aun antes del fallo que ahora lo obliga).

¿Qué se juega aquí realmente? Alrededor del mundo, la ciencia política nos enseña que los consejos de la magistratura deben negociar permanentemente dos valores importantes y en tensión: la independencia de los jueces pero también su responsabilidad ante la ciudadanía. Sólo con jueces independientes podemos planificar nuestra vida y nuestros negocios con seguridad jurídica. Pero también los jueces deben ser controlados: jueces demasiado independientes pueden convertirse en una corporación sin límites ni control. El Consejo protege a los jueces para que hagan su trabajo con tranquilidad, pero, ocasionalmente, debe recordarles “hasta acá”. ¿Se ha ocupado el Consejo argentino de negociar estos dos valores? Veamos.

¿Ha servido el Consejo para nombrar jueces más independientes? Más o menos. Es plausible que el sistema de concursos haya ahuyentado a los peores candidatos, que al menos se inhiben ante la publicidad y el desgaste de la luz pública previa al nombramiento. Más allá de este módico beneficio, los concursos en el Consejo han enfrentado los peores escándalos: exámenes filtrados a los concursantes, jueces nombrados sin alcanzar el puntaje mínimo en el examen (¡cuatro sobre diez!), órdenes de mérito alterados por entrevistas secretas (sí, además de dar un examen y mostrar el CV, los candidatos tienen una entrevista con los miembros del Consejo, cuyo contenido no trasciende y que cambia su orden en la lista).

La manipulación no cesa ahí. El Consejo no nombra a los jueces directamente sino que elabora ternas que envía al Presidente para que éste, sin ninguna explicación, elija al candidato de su agrado para obtener el acuerdo del Senado. Este sistema tendrá algún mérito, pero también es susceptible de manoseo. Cuando se realizan concursos destinados a cubrir múltiples vacantes, se elaboran varias ternas de la misma lista de candidatos. Así, si hubiera ocho vacantes, el candidato número 24 podría obtener su lugar, mientras que la candidata que quedó en primer lugar deberá seguir buscando trabajo en LinkedIn. Aún peor: es una práctica usual que el Poder Ejecutivo acumule ternas, para poder “jugar” con los resultados de distintos concursos y así enviar a las candidatas menos manipulables a juzgados o fiscalías menos sensibles para el poder político y liberar los tribunales más sensibles para algún amigote.

El sistema no ha producido la independencia judicial deseada. Pero, entonces, se ha ganado en responsabilidad frente a la ciudadanía, ¿no? No. O un poquito, de Guatepeor a Guatemala. Las sanciones disciplinarias prácticamente no existen. Un estudio de la Universidad de José C. Paz muestra que en el periodo 2014-2018 sólo ha habido dos (sobre más de mil denuncias y para cerca de mil jueces). Las destituciones tampoco han abundado. Desde la instauración del Consejo, sólo dos jueces del mítico edificio de Comodoro Py fueron destituidos. Uno, acusado de pagarle U$S400.000 a un testigo para encubrir el atentado terrorista más grande del subcontinente. El otro, por un incremento patrimonial tal que ni siquiera podía justificar el pago de sus tarjetas de crédito. Y en este último caso, lo irregular del procedimiento ilustra lo difícil que ha sido llamar a los jueces a rendir cuentas: una asociación de abogados cercana al gobierno obtuvo un fallo judicial que invalidaba el nombramiento de un miembro del Consejo por no tener título de abogado (requisito que no estaba en la ley). El juez fue suspendido y acusado con la mayoría justa durante las cuatro horas que demoró el presidente de la Corte en tomarle juramento a su reemplazo, que hubiera votado en favor del juez. Ni siquiera es que estos jueces hayan sido los peores. Varios tienen yates, mansiones y extorsiones en su haber, pero pudieron negociar una de las dos salidas disponibles: un fallo oportuno para el poder que los proteja por un turno más, o una decorosa renuncia que les permita seguir cobrando su jubilación.

Los editores de elDiarioAr han sido muy generosos con su espacio con nosotros, pero para realizar un inventario completo de las falencias del Consejo de la Magistratura necesitaríamos escribir todo el sitio web durante varias semanas: ausencia casi absoluta de estadísticas, recursos asignados de modo ineficiente, sistemas informáticos obsoletos. Pero esta breve lista nos sirve para mostrar dos cosas: por qué el Consejo es una institución extremadamente importante y por qué no ha honrado esa importancia. Cuando debería centrarse en lograr una justicia independiente, responsable y eficiente, se ha ocupado de nombrar y proteger amigos. Lo primero es una condición necesaria para una sociedad próspera; lo segundo es prácticamente una garantía de atraso y anomia. Por eso, aun en este presente convulsionado, este olvidado organismo merece una porción de la atención ciudadana. 

MA, SG

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