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Impuesto al Cheque para compras y ventas a través de plataformas fintech: qué operaciones serán alcanzadas y por qué montos

Las nuevas imposiciones fiscales alcanza a las operaciones realizadas a través de las 55 empresas fintech Proveedoras de Servicios de Pago (PSP).

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Las compras y ventas hechas por medio de empresas fintech Proveedoras de Servicios de Pago (PSP), entre ellas Mercado Pago y Ualá, serán alcanzadas a partir del 1° de agosto próximo por el denominado “Impuesto al Cheque” del 1,2% que se aplica a las operaciones de débitos y créditos bancarios y que hasta el momento sólo se implementaba a bancos y financieras.

El impuesto, sin embargo, no afectará a las personas humanas y MiPyMEs. Además, el tributo se eximirá en cuentas corrientes de monotributistas. Así lo dispuso el Decreto 301 firmado por el presidente, Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y el ministro de Economía, Martín Guzmán, que fue publicado el sábado en el Boletín Oficial.

El Gobierno justificó la medida al asegurar que “uno de los principios del derecho tributario es la igualdad en el tratamiento impositivo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 16 de la Constitución Nacional”, por lo que el “Estado debe resguardar la competencia en igualdad de condiciones”.

El impuesto alcanzará exclusivamente a las operaciones de empresas que operan por medio de Mercado Pago, Ualá y/o cualquier otro de los 55 PSP incluidos en un registro del Banco Central (BCRA).

Los PSP actuarán como agentes de liquidación y percepción del impuesto a los débitos (0,6%) y a los créditos (0,6%), al igual que lo hacen los bancos y financieras.

En su artículo 1, el decreto indicó que, “tratándose de movimientos de fondos en cuentas de pago”, los PSP o las empresas dedicadas al servicio electrónico de pagos “serán los encargados de actuar como agentes de liquidación y percepción, encontrándose el impuesto a cargo de los titulares de las cuentas respectivas”. Y agregó que por ser “movimientos de fondos en cuentas de pago, la alícuota general del impuesto de 6% para los créditos y para los débitos”.

El Decreto 301, por su parte, eximió a las cuentas de pago utilizadas por personas humanas para que tengan el mismo beneficio que actualmente poseen las cajas de ahorro abiertas en los bancos.

La medida gubernamental tampoco alcanza a las transferencias entre cuentas de un mismo titular, ya sean bancarias o por medio de PSP. Y aclaró que cuando se lleven a cabo extracciones en efectivo, el cargo no será aplicable a las cuentas cuyos titulares sean personas humanas o jurídicas que revistan y acrediten la condición de Micro y Pequeñas Empresas“.

El decreto presidencial tiene, entre sus fundamentos, que la emergencia económica y las medidas dispuestas para contener el avance de la pandemia de coronavirus en el país desde 2020 “favorecieron la expansión de las transacciones de pago por plataformas electrónicas”.

Acerca de las personas contempladas por el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) o monotributistas, “dependiendo la operación bancaria que ejecuten, están alcanzados por una alícuota reducida”, aunque el objetivo de la medida es “reducir la carga impositiva sobre ese sector de la población.”

Por ese motivo se estipuló su exención “cuando operen en cuentas bancarias o cuentas de pago, y de esta forma contribuir al objetivo general de esta norma, que es el de equiparar el tratamiento tributario respecto a servicios de pago que tienen la misma finalidad”.

El llamado “Impuesto al Cheque” comenzó a regir en 2001 y originalmente estaba incluido en la Ley de Competitividad 25.413, implementada por el entonces ministro de Economía, Domingo Cavallo. En un principio se formuló como un mecanismo de recaudación transitorio debido a la crítica situación fiscal de Argentina en aquellos años.

Sin embargo, permanece vigente y, según distintos expertos tributistas, es una de las herramientas de recaudación más importantes del país por detrás del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el Impuesto a las Ganancias, porque los ingresos generados aportan cerca del 10% a la recaudación impositiva nacional.

 

GT

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