Confirman las condenas por el caso CBI Cordubensis y ratifican que hubo asociación ilícita

La Cámara Federal de Casación Penal confirmó las condenas en la causa CBI Cordubensis S.A., una de las investigaciones más relevantes de los últimos años por intermediación financiera ilegal y lavado de dinero en Córdoba, y ratificó que los principales responsables integraron una asociación ilícita. El tribunal rechazó los recursos presentados por las defensas y validó la actuación del Banco Central como querellante, al considerar que la firma afectó el sistema financiero formal y la hacienda pública.
La resolución fue firmada por los jueces Alejandro W. Slokar, Mariano Hernán Borinsky y Javier Carbajo, quienes confirmaron la condena de Eduardo Daniel Rodrigo como jefe de la organización y de Aldo Hugo Ramírez, Julio César Ahumada, Daniel Arnoldo Tissera y Oscar Américo Altamirano como miembros. El fallo ordena comunicar la decisión al tribunal de origen para recalcular las penas e impone costas a las defensas.

CBI Cordubensis operó entre 2011 y 2014 como una financiera paralela que captaba fondos del público sin autorización del Banco Central, bajo la fachada de servicios de consultoría, préstamos y descuentos de cheques. Según determinó la justicia, la firma utilizó sociedades fantasma, maniobras cambiarias y evasión tributaria para ocultar operaciones millonarias. La causa se destapó tras el suicidio en 2014 de Jorge Suau, uno de los socios fundadores, y derivó en una investigación por delitos económicos complejos.
Las defensas argumentaron que la empresa tenía origen lícito y que algunos socios se habían desvinculado antes de los hechos principales. Sin embargo, Casación consideró probado que la finalidad delictiva se consolidó en el tiempo y que los acusados mantuvieron vínculos económicos y participación activa en la estructura. También rechazó los planteos de prescripción y errores probatorios.
El tribunal subrayó que el delito de asociación ilícita es autónomo y no requiere comprobar cada delito individual cometido bajo su amparo. Destacó además que el pago de tributos no extingue la punibilidad de maniobras como el lavado de activos o la captación ilegal de ahorros.
Con esta decisión, Casación cerró uno de los capítulos centrales de un caso que puso en evidencia la fragilidad de los controles financieros y el impacto social de las estructuras empresariales utilizadas para eludir la regulación estatal.
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