EL DNU LLEGA A LA CORTE

Tres fallos adversos y una multiplicidad de frentes agudizan el escenario judicial para el Gobierno

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El juez Enrique Lavié Pico se convirtió esta semana en el juez más poderoso del país y lo será, al menos, en lo que queda de enero. No es que antes no fuera poderoso —es uno de los magistrados que decide sobre las demandas contra el Estado— pero la acumulación de poder que significó su fallo de este jueves lo potenció todo: a partir de las próximas semanas podrá convertirse en el juez que confirme o desestime los amparos contra el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de Javier Milei. Es decir, podrá frenar o hacer lugar a los objetivos máximos del gobierno libertario, que no lleva ni un mes de gestión.

La decisión que potenció el poder de Lavié Pico, quien tiene despacho en los tribunales del fuero Contencioso Administrativo Federal, en la ciudad de Buenos Aires, habilitó la tramitación por separado de cada presentación judicial que se haga contra el DNU. El juez dispuso que durante la feria se traten los amparos de inconstitucionalidad presentados por distintas organizaciones y que se encuentran en distintos juzgados de su fuero, pero que al estar de feria judicial podrá tratar el propio Lavié Pico, quien trabajará subrogando otros juzgados este enero.

La segunda fase de su fallo es que también habilitó que los numerosos amparos se analicen por separado y no en un proceso colectivo, como pretendía el Gobierno. Esto abre varios frentes judiciales para el Ejecutivo, que deberá atajar penal por penal: amparo por amparo, apelación por apelación. 

Este viernes, 16 días después de la cadena nacional en la que Milei anunció el DNU junto a su gabinete y Federico Sturzenegger, el Presidente envió el texto completo de la desregulación de la economía al Congreso para su tratamiento. Todo el texto, que incluye 366 medidas, está en plena vigencia a excepción de la reforma laboral, que fue suspendida por la Justicia.

A partir del miércoles 10, el juez Lavié Pico estará en condiciones de resolver las cautelares solicitadas para suspender la aplicación del DNU. Y a partir del lunes 15 puede dictar una sentencia de fondo que resuelva la validez o invalidez constitucional del DNU 70/2023, ya que en dichas fechas se vencen los plazos otorgados al Gobierno para contestar los traslados ordenados por el juez.

El amparo se utiliza para proteger los derechos fundamentales de las personas en situaciones urgentes. Las medidas cautelares pueden ser dictadas por un juez para asegurar derechos mientras se resuelve la cuestión de fondo planteada en el amparo. 

Entre el lunes 15 y el miércoles 31, el magistrado puede decidir si tomará cartas en el asunto o dejará que lo hagan los jueces que reasumen sus cargos en febrero cuando finalice la feria judicial.

El juez habilitó la feria para varios de los amparos presentados contra el DNU pero no para todos. Por ejemplo, el jurista Andrés Gil Domínguez le solicitó este viernes que habilite la feria para tratar su acción declarativa de inconstitucionalidad, que quedó afuera de la lista habilitada, explicó a elDiarioAR. Gil Domínguez también planteó al juez que dicte una medida cautelar para suspender el DNU de Milei.

Uno de los amparos que comenzará a analizarse es el presentado por la Federación Argentina de Municipios (FAM), presidida por el intendente de La Matanza, Fernando Espinoza, en representación de más de 500 intendentes de todo el país. También el presentado por el Observatorio del Derecho a la Ciudad y por el expresidente del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal Jorge Rizzo.

Laboral, a la Corte

En otro fuero, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dictó ya dos medidas cautelares que suspenden la aplicación de los capítulos laborales del DNU, que establecían desde la extensión del período de prueba hasta restricciones al derecho a huelga.

El miércoles último el tribunal de feria hizo lugar al pedido de la Confederación General del Trabajo (CGT), que había apelado una resolución de primera instancia, y dispuso el dictado de una medida cautelar hasta tanto se analice la cuestión de fondo vinculada al análisis de constitucionalidad de la reforma realizada mediante un DNU.

Al día siguiente, la Cámara laboral concedió una segunda cautelar a la Central de Trabajadores y Trabajadoras de la Argentina (CTA).

Tan pronto como se conoció ese fallo, desde el Gobierno Nacional dejaron trascender que “los abogados del Estado apelarán la medida cautelar” y que la presentación ya está siendo elaborada por la Procuración del Tesoro de la Nación, a cargo de Rodolfo Barra, informó la agencia oficial Télam.

El Gobierno, además, pedirá la incompetencia del fuero del Trabajo para que todo pase a los tribunales en lo Contencioso Administrativo y recurrirá ante la Corte Suprema los fallos de la Cámara del Trabajo, informó Manuel Adorni, vocero presidencial durante la habitual rueda de prensa en Casa Rosada.

“A diferencia de la causa que tramita en el juzgado Contencioso Administrativo Federal (de Esteban Furnari), en la presente se encontrarían en juego derechos que hacen a la esencia de las relaciones dependientes, a la libertad y dignidad de las personas que trabajan, a los principios protectorios, de irrenunciabilidad, de igualdad de trato y no discriminación y de conservación del contrato que estructuran la especialidad y, a su vez, se pondría en jaque la principal vía de tutela a la que pueden recurrir los trabajadores ante su incapacidad negocial a nivel individual, que no es otra que la acción sindical”, sostuvo la magistrada andrea González Vior en el fallo a favor de la CTA.

“No se trata meramente de derechos económicos, sino que lo que se alega es la grave vulneración de derechos humanos fundamentales”, afirmó González Vior.

ED/JJD