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LA DEMANDA DE UNA FIGURA MEDIÁTICA DE LOS '90

Denegri contra Google: arranca el debate en la Corte con oradores a favor y en contra del “Derecho al olvido”

Natalia Denegri.

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Luego de seis años de litigio y dos fallos a favor, el reclamo de Natalia Denegri llega a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Denegri, que se hizo conocida a mediados de los noventa, pide a Google que desvincule su nombre de algunos contenidos que la relacionan al “Caso Coppola” para que no aparezcan entre los resultados que arroja el buscador. Hoy desde las 10, en el primer día de audiencia pública desde que comenzó la pandemia, el Máximo Tribunal escuchará a quienes se presentaron como “amicus curiae” -Amigos del Tribunal- en el expediente: personas y organizaciones de la sociedad civil que aportarán su punto de vista de cara a la sentencia que dictará la Corte sobre un asunto que atañe a la libertad de expresión y al acceso a la información, además del pedido de Denegri.

elDiarioAR pudo saber que se presentaron 22 amicus curiae. De esa cantidad, los integrantes de la Corte Suprema eligieron a doce. Algunos de ellos -la minoría- mantiene una posición neutral sobre el reclamo puntual: el resto acerca posiciones al buscador o a la demandante. De acuerdo a la causa, Denegri pide a Google que desindexe su nombre de 21 artículos publicados en los diarios Clarín y La Nación, y de 11 videos de YouTube. Pero en declaraciones al canal A24, la mujer dijo que su interés es que desvinculen su nombre solo a videos e imágenes que la relacionan al Caso Coppola, causa que la ancló en el imaginario popular en 1996. Se refiere al programa conducido por Mauro Viale, por ejemplo, en el que canta una canción titulada "¿Quién me la puso?" y se defiende a los golpes de la acusación que le hace otra mujer. El ciclo se llamó Mediodía con Mauro, emitido primero por ATC, hoy Televisión Pública, y luego por América TV, entre 1996 y el año siguiente.

“Creo que hay un poquito de desinformación”, avisó Denegri al conductor de El Noti de A24, ayer por la tarde. Y siguió: “Yo no estoy pidiendo que borren noticias de la época. Yo soy periodista, tengo mi programa de tele en Estados Unidos, y jamás iría en contra de la libertad de expresión. Lo que estoy pidiendo es que al buscar mi nombre no aparezcan los videos de la época, de las peleas, que no transmiten nada informativo, no tienen interés público. Por el contrario: promueven la violencia de género, la violencia mediática y digital”. Dijo, además, que la permanencia de esos contenidos en la Web le causan “aún hoy en día daño familiar, daño laboral”. Aclaró que esos videos e imágenes no la definen: “Soy mujer, argentina, mamá, periodista, empresaria, filántropa, buena persona...”.

El caso de Denegri llega a la Corte con dos fallos a favor: uno contradictorio y otro con criterios de decisión subjetivos. En agosto de 2020, Google apeló el fallo de segunda instancia y el caso pasó al Tribunal Superior.

Voces a favor, en contra y “neutrales”

Entre los oradores que expondrán hoy ante la Corte está el Centro de Estudios Legales y Sociales (Cels), que considera que el método utilizado por los jueces civiles en las instancias anteriores no han incorporado en su análisis el real alcance que tiene el derecho a la libertad de expresión en la Argentina y cómo deben interpretarse medidas que puedan limitarlo para acceder, buscar y recibir información de interés público o social. Tampoco tuvieron en cuenta las características de persona pública que en la actualidad tiene Denegri, su participación en asuntos que se habían comunicado ampliamente en la década del 90 y cómo acreditó el impacto concreto de cada uno de las publicaciones que pide desindexar en su vida privada

“Los jueces de la Cámara Civil asimilaron el derecho al olvido digital con aquellos límites temporales que la legislación fija para el tratamiento de datos personales por parte de registros públicos o privados vinculados con deudas económicas o antecedentes penales que tenemos todes por el paso del tiempo, para evitar situaciones de discriminación o estigmatización. La solución del caso, en cambio, sugiere una posible selección por parte de personas públicas de historias sobre su pasado que interfiere en la circulación de información referida a temas de interés amplio o social. En el escrito informamos a la Corte que estas pautas tienen que ser consideradas para la resolución del caso”, dice a elDiarioAR el director de Litigio y defensa legal del Cels, Diego Morales.

El abogado especializado en derecho constitucional Andrés Gil Domínguez apoyará a Denegri en su reclamo. “En este caso puntual hay lugar al pedido de la demandante a que se bloquee el acceso por el motor de búsqueda de Google a los contenidos que refiere. En aquel entonces era una adolescente vulnerable (N. de la R.: Denegri tenía 19 años entonces), sometida a violencia mediática. ¿Por qué habría que cristalizarla en ese momento y en esa situación? Se trata de una desindexación parcial de acceso a contenidos a través de su nombre. En este caso particularmente hay derecho al olvido, porque el peso del derecho al olvido es mayor que el de libertad de expresión. Claro que la sentencia de la Corte sobre esta causa podría sentar un fuerte precedente a nivel mundial”, dice Gil Domínguez a elDiarioAR

Se trata de una desindexación parcial de acceso a contenidos a través de su nombre. En este caso particularmente hay derecho al olvido, porque el peso del derecho al olvido es mayor que el de libertad de expresión.

Andrés Gil Domínguez. Abogado especializado en derecho constitucional.

La Asociación de Entidades Periodística Argentinas (ADEPA), que agrupa a 180 empresas periodísticas de todo el país, equipara el reclamo de Denegri a un acto de censura. Pero en la exposición de hoy se ubicará en una posición equidistante entre las partes y apuntará a cuestiones aledañas a esta causa en particular: no son las personas ni los buscadores quienes deben decidir qué se elimina y qué no

El interés o valor periodístico de una determinada información es un elemento cuya evaluación es efectuada por periodistas, editoriales y público en general a la hora de publicar una determinada noticia (...). La solución no puede quedar en manos de la persona que quiere ocultar publicaciones periodísticas plenamente lícitas, ni tampoco en la decisión de las grandes plataformas, quienes eventualmente podrían encontrar mucho más atrayente la supresión de información antes que transparentar y corregir sus algoritmos. Por ello, lo que se decida atañe a la prensa y a la ciudadanía en general, y no solo a las partes”, indican en parte del escrito que llegó a la Corte y al que accedió elDiarioAR.

El caso fue promocionado por Denegri y su abogado como “Derecho al olvido”, pero no encaja en la ley que rige en la Unión Europea desde 2016. A partir de las 10, en el cuarto piso del Palacio de Justica será el turno de las partes y del fiscal. No hay plazo establecido para que la Corte, última instancia judicial del país, dicte sentencia. Entre otros motivos, porque este caso podría marcar jurisprudencia a futuro.

VDM

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