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No irá a la cárcel

La Justicia española condena al hermano de Pedro Sánchez a nueve años de inhabilitación

David Sánchez, hermano del presidente del Gobierno, a su llegada a la última sesión del juicio por su contratación en la Diputación de Badajoz el pasado junio

Santiago Manchado

Badajoz —

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La Audiencia Provincial de Badajoz condenó al hermano de Pedro Sánchez a nueve años de inhabilitación al considerarlo autor de un delito de prevaricación por su contratación en la Diputación en 2017 como coordinador de los conservatorios de música. El tribunal rechaza el tráfico de influencias, por lo que evita la pena de prisión que reclamaban las acusaciones populares.

De este modo, el tribunal descarta el pedido de cárcel de hasta seis años que pedían Manos Limpias, Abogados Cristianos, Hazte Oír, PP, Vox, Iustitia Europa y Liberum. La Fiscalía pedía la absolución de David Sánchez y del resto de encausados, entre ellos, el presidente de la Diputación y ex secretario regional del PSOE, Miguel Ángel Gallardo, que también fue condenado a 18 años de inhabilitación para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por dos delitos de prevaricación. La Audiencia impuso nueve años de inhabilitación a los otro nueve acusados, la mayoría cargos o excargos del PSOE en la institución provincial.

La sentencia, de 377 páginas, que puede ser apelada, confirma de manera unánime la prevaricación en la creación de la plaza que ocupó David Sánchez, pero descarta por completo el delito de tráfico de influencias. Los magistrados consideran que no se probó “que persona o personas determinadas ejercieran presión o influencia sobre los acusados primeramente filiados, prevaliéndose del ejercicio de las facultades de un cargo o de cualquier otra situación derivada de una relación personal o jerárquica con aquellos”.

Sin embargo, aunque el tribunal determina que no hubo presión externa, considera probado que la Diputación actuó de manera arbitraria en base a un “plan delictivo ideado por las más altas instancias” para la creación de una plaza “innecesaria” y su posterior adjudicación. En este sentido, el hermano de Sánchez “fue autor, por cooperación necesaria”, del delito de prevaricación administrativa porque tuvo “conocimiento previo de que el puesto de coordinador de las actividades de los conservatorios se había creado para él” y por eso “se presentó a la convocatoria e hizo la entrevista para simular la legalidad formal del procedimiento”. La sentencia también recoge que el músico “consiguió que se adaptaran las condiciones de su puesto a sus preferencias personales, como el no tener que acudir diariamente a un despacho y el dedicarse a la ópera”.

La sentencia se conoce un mes después del juicio oral celebrado en la Audiencia Provincial para determinar si la Diputación de Badajoz 'enchufó' a David Sánchez y este, a su vez, influyó en la contratación de su amigo Luis María Carrero en la institución provincial para una plaza en comisión de servicio.

El procedimiento penal que desembocó en esta sentencia comenzó a fraguarse a raíz de una denuncia que el pseudosindicato Manos Limpias presentó en 2024, siete años después de la contratación del hermano del presidente del Gobierno. El epicentro de la causa se situó en la creación y el diseño, por parte de la Diputación de Badajoz, de la plaza de coordinador de las actividades de los conservatorios de música del organismo provincial.

La decisión de crear ese puesto de alta dirección en 2017 se efectuó cuando Pedro Sánchez ya había dimitido como secretario general del PSOE en el polémico comité federal de 1 de octubre y el proceso de selección se activó cuando aún no se habían celebrado las primarias que le enfrentaron a Susana Díaz y que acabó ganando. Aún faltaba un año para que el Congreso aprobara la moción de censura contra el Gobierno de Mariano Rajoy. Pedro Sánchez tenía, cuando se creó la plaza, nulo poder orgánico o político.

A pesar de ello, la investigación judicial se ha centrado en dilucidar si los requisitos del sistema de libre designación se configuraron de forma arbitraria para adaptarse al perfil del músico y si los canales de la administración pública se instrumentalizaron para esquivar los principios de mérito y capacidad. No obstante, en el juicio solo una testigo, Cristina de Frutos, que aspiró al puesto, sostuvo que en la entrevista personal del proceso de selección no “sintió” que hubiera igualdad de oportunidades, pero ni denunció ni presentó una queja por ello. Sin embargo, otro candidato que compitió por la plaza, Nerses Avakimyam, no detectó nada extraño en los requisitos exigidos y tampoco observó irregularidades, según su testimonio.

Los funcionarios, técnicos y peritos que testificaron en la vista oral también avalaron el proceso de la Diputación de Badajoz para la creación de la plaza y el proceso de selección que ganó Sánchez.

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