La Justicia bloqueó la reforma de la Ley de Glaciares en Santa Cruz y abre la puerta a un impacto nacional
El juez federal de Río Gallegos, Claudio Marcelo Vázquez, ordenó al Estado Nacional abstenerse de aplicar la reforma de la denominada “Ley de Glaciares” en todo el territorio de la provincia de Santa Cruz. La decisión, de carácter cautelar, implica que no podrán ejecutarse ni autorizarse actos o medidas basadas en esa modificación normativa si estas pudieran afectar glaciares o el ambiente periglacial.
La resolución se dictó en el marco de un amparo colectivo ambiental presentado por autoridades de El Calafate, entre ellas representantes del Concejo Deliberante, el Poder Ejecutivo local y legisladores provinciales. La medida tendrá vigencia hasta tanto se dicte una sentencia definitiva en la causa principal.
En la demanda, plantearon que la reforma cuestionada introduce cambios sustanciales en el régimen de protección vigente. Según argumentaron, la nueva normativa reduciría el alcance de las áreas protegidas y habilitaría actividades que actualmente se encuentran prohibidas en zonas sensibles.
Los demandantes también advirtieron que esta modificación implicaría una regresión en los estándares de tutela ambiental establecidos por la Ley N° 26.639. En ese sentido, señalaron que se vería afectado el sistema de presupuestos mínimos previsto en el artículo 41 de la Constitución Nacional.
Otro de los puntos centrales del planteo es que la reforma trasladaría a las provincias facultades que corresponden al Congreso de la Nación. Entre ellas, la determinación del objeto protegido y la autorización de actividades con impacto ambiental, lo que, según sostienen, alteraría el esquema de competencias vigente.
Al analizar el caso, el magistrado hizo hincapié en la relevancia de los glaciares y del ambiente periglacial, no solo a nivel local, sino también en el plano nacional y global. En su resolución, destacó que estos ecosistemas cumplen funciones esenciales, como la regulación hídrica y la preservación de recursos estratégicos.
Asimismo, el fallo incluyó un repaso por las actividades económicas vinculadas a estos entornos, señalando que cualquier modificación en su regulación puede tener efectos directos sobre los modelos de desarrollo de las regiones involucradas. Este aspecto fue considerado clave al momento de evaluar el alcance de la medida.
En su fundamentación, Vázquez también se apoyó en principios constitucionales y del derecho ambiental, como el principio precautorio, la progresividad y la no regresión. Bajo estos criterios, entendió que los requisitos para dictar una medida cautelar se encontraban debidamente acreditados.
El juez advirtió, además, que una eventual demora en el dictado de la sentencia definitiva podría tornar ilusoria la protección ambiental buscada. Esto ocurriría si, durante ese lapso, se autorizaran o desarrollaran actividades incompatibles con el nivel de tutela actualmente vigente.
Por eso resolvió hacer lugar a la medida solicitada y suspender de manera cautelar los efectos de la reforma de la Ley de Glaciares en el ámbito de la provincia de Santa Cruz. La decisión busca preservar las condiciones actuales hasta que la Justicia se pronuncie de manera definitiva sobre la validez de los cambios introducidos. En otras provincias ya miran lo que sucede y podrían tomar como caso testigo a Santa Cruz.
Con información de medios
JIB
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