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Hasta el 10 de junio rige la alícuota de 10% para el blanqueo de fondos destinados a proyectos inmobiliarios

Después del 10 de junio, y  hasta el 9 de julio, subirá a 20%.

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Los inversores que quieran acceder a los beneficios fiscales estipulados en la Ley de Incentivo a la Construcción Federal Argentina y Acceso a la Vivienda deberán pagar desde hoy, y hasta el 9 de junio próximo, una alícuota del 10% estipulada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

La Resolución General N° 4976 habilitó en su momento los beneficios tributarios y las herramientas contempladas en la ley 27.613, que promueve el desarrollo y la inversión en proyectos inmobiliarios nuevos que se inicien a partir de la entrada en vigencia de la norma, el 12 de marzo pasado, o que a esa fecha tengan un avance inferior al 50%.

Hasta ayer el impuesto especial que determina el valor de la tenencia declarada, y que se expresa en pesos al momento de ingreso a la cuenta especial, era de 5%, pero desde hoy se incrementa a 10%. En tanto, a partir del 10 de junio y hasta el 9 de julio el porcentaje ascenderá a 20%.

Si la acreditación en la cuenta especial se hizo hasta el 9 de junio, hay tiempo para pagar el impuesto y para presentar la declaración jurada correspondientes hasta el 30 de junio.

Quienes quieran adherir al Programa de Normalización de tenencias previsto en la Ley N° 27.613 deberán informar, con carácter de declaración jurada, el o los “Código de Registro de Proyecto Inmobiliarios (COPI)” y el monto de la o las inversiones realizadas en moneda nacional o extranjera, por medio del servicio denominado “Régimen Informativo Normalización”.

La fecha de presentación de la declaración jurada informativa regirá hasta el 31 de marzo de 2023 o dentro de los seis meses posteriores a afectar al desarrollo o la inversión en proyectos inmobiliarios la totalidad de los fondos declarados; lo que suceda con anterioridad.

Todos los fondos normalizados deberán afectarse al desarrollo o la inversión de proyectos inmobiliarios antes del 31 de diciembre de 2022.

Con el llamado “blanqueo de capitales” el gobierno nacional busca impulsar al sector de la construcción, una actividad notablemente afectada en 2020 por las restricciones de la pandemia que paralizaron las obras durante el período que duró el aislamiento social obligatorio.

La AFIP estableció que el ingreso del impuesto especial se realizará mediante el procedimiento de transferencia electrónica de fondos y no podrán afectarse fondos depositados en la cuenta especial para el pago del gravamen y el pago total en forma previa resultará condición necesaria para la presentación de la declaración jurada.

El régimen alcanza a obras privadas nuevas como construcciones, ampliaciones e instalaciones, entre otras, o que a la fecha de entrada en vigencia de esta ley posean un grado de avance inferior al 50% de la finalización de la obra.

Los fondos declarados se depositarán en la Cuenta Especial de Depósito y Cancelación para la Construcción Argentina (Cecon.Ar) creada para este fin y deberán afectarse únicamente al desarrollo o la inversión en los proyectos inmobiliarios en la Argentina.

GT

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