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Explicador

Ley, decreto y plebiscito: los inevitables caminos democráticos para los planes de Milei

El presidente Javier Milei enfrenta dificultades externas y propias para lograr que avance su plan de gobierno.

Juan José Domínguez

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Javier Milei cumple dos meses como presidente de la Nación y todavía no tiene sancionada su ley, esa primera norma que todo jefe de Estado le pide al Congreso al iniciar de su gestión y que le sirve de base para implementar su plan de gobierno.

El mandatario envió el 27 de diciembre el proyecto Bases pero la iniciativa se cayó esta semana, en plena sesión, por falta de apoyo opositor. En paralalelo a este proceso sin final feliz para la Casa Rosada, dictó un decreto, el 70/2023, con más de 300 medidas que entraron en vigencia de inmediato. Sin embargo, varias de ellas ya están sin efecto por decisión de la Justicia después de numerosas presentaciones en contra.

La situación de ambos instrumentos no solamente indica que el de Milei es un gobierno débil sino que abre interrogantes hacia el futuro: cómo logrará avanzar en el tan prometido achicamiento del Estado, en la privatización de las empresas públicas y, entre otros propósitos, en modernizar la legislación laboral (la pretendida en el súper-DNU ya fue anulada por la Justicia).

Como Milei no puede no gobernar, porque es el presidente de la Nación, no le queda otra opción que insistir por alguna de las tres vías que ofrece el diseño institucional argentino para avanzar con su agenda: volver a impulsar el proyecto de ley Bases o bien presentar otro u otros; dictar más decretos o convocar a un plebiscito. ¿En qué consiste cada una y qué ventajas y desventajas tienen?

La ley

Es el instrumento más legítimo y democrático para sancionar normas de carácter general y obligatorio. Para que una ley sea aprobada debe contar con el apoyo de la mayoría de ambas cámaras del Congreso (en la mayoría de los casos, de los presentes en el recinto; en otros casos se exige que sea la mitad más uno de los integrantes del cuerpo) y ser promulgada por el Poder Ejecutivo. Eso, así de elemental como una clase de Educación Cívica del secundario, en el gobierno de Milei no parece estar del todo claro.

La ventaja de la ley es que respeta la división de poderes y el equilibrio entre las fuerzas políticas, y que otorga mayor estabilidad y seguridad jurídica a las medidas adoptadas. La desventaja es que requiere de un amplio consenso y negociación, lo que puede demorar o dificultar el proceso legislativo.

En el caso de Milei, la opción de la ley parece la más complicada, ya que su partido, La Libertad Avanza, no sólo no tiene mayoría propia en ninguna de las cámaras sino que dispone apenas del 10% de los senadores y el 15% de los diputados, y enfrenta una oposición intransigente del peronismo, que es la bancada más numerosa en ambas cámaras, además de la izquierda e inclusive algunas expresiones minoritarias de la oposición dialoguista: el radicalismo; Hacemos Coalición Federal, ese variopinto bloque que conduce Miguel Ángel Pichetto, y otros espacios que gobiernan provincias.

Sólo los bloques de diputados y de senadores del PRO, el partido del presidente Mauricio Macri, se decidieron a acompañar fielmente los planes de la Casa Rosada bajo el mando de Milei.

El Gobierno ya se equivocó con la ley ómnibus y, lejos de intentar acercar posiciones, el presidente Milei salió al día siguiente a tratar de “delicuentes” a los representantes de la “casta” que votaron en contra de su proyecto, además de mencionarlos en una lista de quienes votaron “contra el pueblo”. Antes los había tratado en un par de ocasiones de “traidores” y “coimeros”. Textual.

Podrá volver a intentarlo por esta vía, pero para que el gobierno de Milei tenga su primera ley sancionada —sin perjuicio del contenido— deberá empezar por fortalecer dos aspectos: la negociación y el decoro.

El decreto

Es un acto administrativo del Poder Ejecutivo que tiene fuerza de ley en determinadas materias y circunstancias. Para que un decreto sea válido debe estar fundado en una situación de necesidad y urgencia que lo justifique, y además no debe legislar en materias penal, electoral y tributaria, ni del régimen de los partidos políticos (la Constitución lo prohíbe).

La ventaja del decreto es que permite al Poder Ejecutivo actuar con rapidez y eficacia ante problemas que requieren una solución inmediata, sin depender del Congreso. La desventaja es que puede ser cuestionado por su constitucionalidad, legalidad o conveniencia, y ser derogado o rechazado por el Poder Legislativo o el Poder Judicial, que es precisamente lo que viene ocurriendo con el DNU 70/2023, aquel que fue anunciado por Milei en la cadena nacional del 20 de diciembre último.

Ese DNU, que pretende desregular la economía, elimina más de centenares de normas que considera “obsoletas” o “distorsivas”, y fue impugnado por varios sectores, que lo consideran “inconstitucional”, además de “autoritario” y “arbitrario”. La Justicia, en varios casos ya, les ha dado la razón a esos planteos.

Para Milei, dadas la circunstancia de hiperminoridad, la opción del decreto se presenta como la más tentadora, ya que le permitiría imponer su plan económico sin pasar por el filtro del Congreso, donde no tiene apoyo a menos que negocie. Pero el camino más corto y, por ende, más fácil no garantiza el cumplimiento del objetivo (a la vista está).

Es la moraleja del cuento de Los tres chanchitos: el trabajo, la perseverancia, la responsabilidad y la astucia son los valores que nos ayudan a enfrentar los problemas y a superar las dificultades. Se puede construir consenso sólido con la oposición, ladrillo con ladrillo, o dictar decretos de madera y proyectos de paja. Cada chanchito es libre de elegir cómo hacerlo.

El plebiscito

Ante estos escenarios adversos, aparece una tercera opción institucional: que se exprese el pueblo directamente. ¿Cómo se hace esto en la Argentina? Cada dos años, mediante el voto en las elecciones para la renovación de autoridades (naturalmente) y, durante los mandatos, mediante la consulta popular, también conocida como plebiscito.

La Constitución contempla la posibilidad de que el Presidente someta a consulta popular, por decreto, temas de interés general de forma no vinculante, es decir sin la obligación de que lo que diga el pueblo sea ley. El voto, en esta opción no vinculante de plebiscito, no es obligatorio. Esta alternativa podría operar como una jugada política de Milei para meterle presión al Congreso, en el caso de que la consulta resultara aprobada.

El plebiscito sí puede ser vinculante pero sólo cuando es convocado a través de una ley del Congreso, donde justamente Milei ya ha fracasado por la incapacidad de construir mayorías. Si por un milagro en esta atípica coyuntura política hubiera una ley en tal sentido, y se realizara esta segunda opción de plebiscito, vinculante, el voto pasa a ser obligatorio. Y si la ciudadanía apoyara la propuesta, se convertiría en ley automáticamente.

El plebiscito, tanto el vinculante como el no vinculante, parece ser el camino más desafiante para Milei, ya que implica poner a prueba su popularidad y su capacidad de convencimiento. El Presidente ya expresó su intención de llamar a una consulta popular para ratificar su plan económico, en caso de que el Congreso rechace sus propuestas. Según las últimas encuestas, Milei aún conserva un alto nivel de aprobación pero también pesa sobre él un alto nivel de rechazo, lo que hace que el resultado de un hipotético plebiscito sea incierto, como el de su gobierno.

JJD

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